La Romana, R.D.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible de oficio la demanda en nulidad de suspensión del accionante Pedro Deseani Zorrilla, como presidente del Partido Revolucionario Dominicano «PRD» en el municipio de La Romana.
Así como también, la demanda de nulidad de exclusión del demandante como subsecretario nacional del citado partido, como miembro de la Comisión Política del Comité Ejecutivo Nacional.
La decisión que da ganancia de causa al PRD se tomó de conformidad con el artículo 117 del Reglamento Contencioso Electoral y de Rectificación de Actas del Estado Civil.
En consecuencia, el alto tribunal declaró inadmisibles las intervenciones voluntarias interpuestas por Samuel Augusto Peña Santos, Francisca Altagracia Tavárez Suarez y Pascual Sánchez, por razones expuestas en el cuerpo de la decisión.
El caso se trató de una demanda en nulidad de destitución del presidente del citado partido en el municipio cabecera de esta provincia, precisó una comunicación de prensa de la Dirección Provincial del PRD en La Romana.