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¿Propaganda electoral o contaminación visual en La Romana?

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La Romana.- La contienda electoral municipal recién concluida y las próximas elecciones presidenciales y congresuales, programadas para el domingo 19 de mayo, han desatado una oleada abrumadora y perjudicial de publicidad visual y auditiva en la ciudad de La Romana.

Los ciudadanos están expresando su rechazo ante esta situación, ya que las vallas publicitarias y las actividades políticas están obstruyendo las vías públicas y afectando centros hospitalarios, negocios y espacios destinados a la señalización vial, lo cual infringe las leyes.

La ciudad se ve inundada por una especie de carnaval de imágenes y colores de los candidatos, quienes han ocupado cualquier espacio disponible para promover sus aspiraciones políticas.

Estos espacios incluyen áreas verdes, postes del tendido eléctrico e incluso zonas destinadas para señales de tránsito y semáforos, lo cual viola la Ley 63-17, Artículo 158, sobre la colocación de propaganda en vías públicas.

La legislación es clara en cuanto a los lugares prohibidos para la propaganda política, incluyendo monumentos, estatuas, obras de arte, señales de tránsito urbano y de carreteras, así como muros, aceras, contenes, construcciones, árboles y vehículos propiedad del Estado o de organismos autónomos, según lo establecido en el Artículo 208.

El abogado y ex concejal Wanchy Medina señaló que la ley otorga al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) o a los ayuntamientos la atribución de remover los letreros, carteles y otros medios de propaganda colocados en contravención de la ley o sus reglamentos.

Además, resaltó que estas propagandas afectan la visibilidad de los conductores y los desorientan.

La contaminación visual y auditiva se ve agravada por situaciones como la ocurrida el pasado sábado 9 de marzo, cuando una actividad política cerró un importante tramo de la Avenida Padre Abreu, una vía principal de la ciudad, para realizar una actividad en el comando de campaña ubicado junto a la Clínica Canela II.

Esta acción afectó tanto a pacientes como al personal médico, obstaculizando su entrada y salida del centro hospitalario. Los conductores también se vieron afectados por los tapones causados por la actividad proselitista.

Es importante destacar que el Artículo 193 de la Ley 20-23 establece los espacios prohibidos para celebrar actos políticos, los cuales incluyen templos religiosos, estaciones de bomberos o de la Cruz Roja, hospitales, dependencias de la autoridad policial, centros educativos y empresas estatales o municipales.

En resumen, es imperativo que se respeten las leyes y regulaciones en cuanto a la publicidad política para garantizar el orden, la seguridad y el bienestar de todos los ciudadanos de La Romana.

Por: Abrahan Nuñez
Fuente: El Tiempo